
No todos los despidos pagan lo mismo. La diferencia entre 33, 20, 12 o cero días de salario por año trabajado está en cómo califica la empresa tu salida y si puede demostrarlo. Esta es la tabla completa, y debajo lo que importa de verdad: qué puedes impugnar.
La tabla que lo resume todo
| Salida | Indemnización | Paro |
|---|---|---|
| Despido objetivo (causas económicas, técnicas…) | 20 días/año (tope 12 mensualidades) | Sí |
| Despido disciplinario procedente | 0 | Sí |
| Despido declarado improcedente | 33 días/año (tope 24 mensualidades) | Sí |
| Despido colectivo (ERE) | 20 días/año como mínimo | Sí |
| Fin de contrato temporal | 12 días/año | Sí |
| Baja voluntaria | 0 | No |
| Despido nulo (discriminatorio, vulneración de derechos) | Readmisión + salarios de tramitación | Sí |
Objetivo: el que la empresa tiene que justificar
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o ineptitud del trabajador. La empresa debe acreditar la causa y entregar carta con explicación, 15 días de preaviso (o pagarlos) y la indemnización de 20 días/año a la vez. Si falla cualquiera de esos requisitos, el despido es impugnable y suele acabar en improcedente: de 20 a 33 días por año. Detalle del cálculo en indemnización por despido improcedente.
Disciplinario: cero euros, pero exige causa real
Faltas graves: absentismo injustificado, desobediencia, ofensas. No paga indemnización, pero sí da derecho a paro. Es el despido más impugnado: la empresa debe probar la falta y su gravedad. Si no lo hace, improcedente y 33 días/año.
Improcedente: no es un tipo de despido, es un veredicto
Nadie es despedido «por improcedente»: el despido se declara improcedente cuando la empresa no justifica la causa o no sigue el procedimiento. Entonces la empresa elige entre readmitirte o pagar 33 días por año. La mayoría paga.

Nulo: el más grave
Si el despido vulnera derechos fundamentales (embarazo, baja de maternidad o paternidad, discriminación) es nulo: readmisión obligatoria y salarios dejados de percibir. No hay opción de indemnización.
Lo que puedes hacer si te despiden
- Pide la carta de despido. Todo parte de lo que diga ahí.
- Firma el finiquito «recibí, no conforme» si tienes dudas: cobras y no renuncias a reclamar.
- Cuenta 20 días hábiles: es el plazo para presentar papeleta de conciliación e impugnar.
- Haz números antes: calculadora de finiquito e indemnización y, para lo que viene después, calculadora del paro.
Información general con fines divulgativos, basada en el Estatuto de los Trabajadores. Un despido concreto merece consejo profesional: los plazos son cortos.