Si eres autónomo o tienes una pyme, tu programa de facturación se ha convertido en asunto de Estado. El objetivo de Hacienda es que todas las facturas sean trazables e inalterables para atajar el fraude, y el calendario acaba de moverse otra vez. Estas son las fechas que hoy son firmes:
Las fechas que ya están en vigor
- Antes del 1 de enero de 2027: las empresas que presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener su software de facturación adaptado al Reglamento (RRSIF, el paraguas de Veri*factu).
- Antes del 1 de julio de 2027: el resto de obligados, es decir, autónomos y profesionales.
Es la ampliación aprobada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que dio un año extra tras las quejas del sector. Hasta esas fechas hay un periodo de pruebas: se puede ensayar con un sistema Veri*factu y seguir facturando con el de siempre.
La siguiente fusión: Veri*factu + factura electrónica
La nota informativa de Hacienda del 5 de octubre de 2026 adelanta el siguiente movimiento: aplazar las obligaciones pendientes del reglamento hasta octubre de 2028 para hacerlas coincidir con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria entre empresas (para quienes facturen hasta 8 millones de euros). La solución pública de facturación electrónica ya está regulada por la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre.
El objetivo declarado es que no haya dos sistemas paralelos sino uno solo: tu programa emitirá facturas electrónicas que, además, cumplirán los requisitos de integridad y trazabilidad que exige Veri*factu.

Qué debes hacer si eres autónomo
- Pregunta a tu proveedor de software si su programa estará adaptado al RRSIF y cuándo. La mayoría de los grandes ya lo están certificando.
- No compres prisa: tienes hasta julio de 2027, y usar un sistema no adaptado después de la fecha puede acarrear sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio.
- Apunta la convergencia de 2028: si vas a cambiar de programa, que sea uno que ya anuncie compatibilidad con la factura electrónica B2B.
Es una más de las obligaciones que llegan al bolsillo del autónomo: la otra, las cuotas de 2027, sigue sin cerrarse.
Fuentes: Agencia Tributaria (nota informativa sobre la ampliación del plazo RRSIF), Real Decreto-ley 15/2025, nota informativa de Hacienda de 5 de octubre de 2026 y Orden HAC/1028/2026.

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