
Hay una declaración informativa en España que no te quita un euro en impuestos y cuyas multas parten de 300 euros por dato mal declarado. Es el modelo 721, la declaración de monedas virtuales situadas en el extranjero, y miles de criptoinversores descubrirán su existencia por una carta de Hacienda. Vamos a que no seas uno de ellos.
Quién está obligado
Tienes que presentarlo si a 31 de diciembre tenías criptomonedas en plataformas o custodios situados fuera de España (los grandes exchanges internacionales cuentan) por un saldo conjunto superior a 50.000 euros. Tres precisiones que evitan el 90 % de los errores:
- El umbral es 50.000 euros, no 5.000: circula mal por ahí. Si tu saldo total en custodios extranjeros no supera esa cifra, no estás obligado (aunque debes seguir declarando las ganancias en la renta, que es otra cosa).
- Cuenta el saldo conjunto en todos los custodios del extranjero, no por exchange.
- Las cripto en tu propio monedero de autocustodia (tu hardware wallet, tu seed) no son «situadas en el extranjero» a efectos del 721: el modelo apunta a los custodios. La cripto en exchanges españoles tampoco entra.
Cuándo y cómo
Plazo: enero del año siguiente (del 1 al 31 de enero; para los saldos de 2026, enero de 2027). Se presenta solo telemáticamente, con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Es informativa: declaras saldos, no pagas nada por presentarla.
Después del primer año, solo hay que repetirla si el saldo aumenta en más de 20.000 euros respecto a la última declaración.

Las multas, sin dramatizar pero sin edulcorar
La regulación fija sanciones específicas: multas por cada dato omitido, inexacto o falso, con mínimos de 300 euros, y por presentarla fuera de plazo o por medios no telemáticos. En la práctica, la letra pequeña importa: la sanción se calcula por dato, y una declaración con varios errores suma. El escenario caro de verdad es el combinado: no presentar el 721 y no declarar las ganancias en la renta.
El cambio de contexto que convierte esto en urgente
Hasta hace poco, Hacienda dependía de que te «cazara». Con la directiva europea DAC8 en aplicación desde enero de 2026, los exchanges que operan en la UE reportan automáticamente a las agencias tributarias los saldos y movimientos de sus clientes. Traducción: la Agencia Tributaria ya sabe lo que tienes en el exchange antes de que tú decidas si lo declaras. El modelo 721 dejó de ser un trámite oscuro para ser una comprobación de coherencia: lo que declares va a cotejarse con lo que el exchange ya envió.
Qué hacer ahora
Si tenías más de 50.000 euros en custodios extranjeros a 31 de diciembre de 2025 y no presentaste el 721 en enero de 2026, consulta con un asesor fiscal antes de que llegue la carta: regularizar voluntariamente es mucho más barato que el procedimiento. Si estás por debajo del umbral, tu obligación es otra y no menor: las ganancias van en la renta. Nuestra guía de cripto en la renta 2026 te lleva caso por caso.
Fuentes: normativa del modelo 721 de la Agencia Tributaria; Directiva (UE) 2023/2226 (DAC8). Umbrales y plazos verificados en la web de la AEAT a fecha de redacción.