Rehabilitar un edificio o una vivienda en España tiene premio: el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, regulado por el Real Decreto 326/2026, reparte ayudas directas que llegan hasta 22.000 euros por vivienda en el caso de las obras de accesibilidad y que pueden cubrir hasta el 80% del coste cuando se combinan varias actuaciones. Te contamos cuánto puedes pedir según la obra, quién puede solicitarlo y dónde se tramita.
Cuánto puedes recibir por rehabilitar tu edificio
La línea más generosa es la de rehabilitación integral de edificios de viviendas, pensada como regla general para inmuebles terminados antes de 2006. Según las cuantías del Real Decreto 326/2026, la ayuda se reparte por vivienda en tres familias de actuaciones:
- Seguridad (estructura, cimentación, protección contra incendios): hasta 8.000 euros por vivienda y el 40% del coste. Si se combina con accesibilidad o sostenibilidad, sube a 12.000 euros y el 60%.
- Accesibilidad (ascensor, rampas, domótica): 13.000 euros por vivienda con carácter general, cubriendo entre el 70% y el 80% del coste. Si en el edificio reside una persona con discapacidad igual o superior al 33% o mayor de 65 años, la cifra sube a 18.000 euros; si la discapacidad es igual o superior al 65%, a 20.500 euros; y si la obra logra la accesibilidad universal del inmueble, a 22.000 euros.
- Habitabilidad y sostenibilidad (envolvente térmica, eficiencia energética, radón): hasta 20.500 euros por vivienda según el ahorro energético acreditado.
Tres detalles del decreto que multiplican el resultado: las tres líneas son acumulables en una misma obra (eso sí, una misma partida no se financia dos veces); también son subvencionables los honorarios del proyecto, los certificados y el IVA no recuperable; y en situaciones de vulnerabilidad económica las comunidades autónomas pueden cubrir hasta el 100% de la parte que corresponde al propietario afectado. Si el edificio está en un casco histórico o tiene protección patrimonial, hay una ayuda adicional de hasta 30.000 euros por vivienda.

Y si la obra es solo dentro de tu casa
No hace falta que se meta toda la comunidad. El Plan también subvenciona actuaciones en el interior de la vivienda:
- Eficiencia energética (ventanas, aislamiento, climatización): la ayuda escala con la reducción de consumo de energía primaria no renovable que acredites con un certificado energético antes y después de la obra. Desde 6.300 euros si el ahorro está entre el 30% y el 35%, hasta 18.800 euros si supera el 61%, con cobertura de hasta el 80% del coste. En situación de vulnerabilidad, el tope sube a 21.400 euros.
- Accesibilidad interior (baños adaptados, puertas, salvaescaleras): hasta 15.000 euros por vivienda cuando reside una persona con discapacidad igual o superior al 33%, y 18.000 euros si es igual o superior al 65%.
Quién puede pedir estas ayudas
Pueden solicitarlas comunidades de propietarios, propietarios individuales y personas usuarias de las viviendas, siempre que el inmueble cumpla los requisitos de antigüedad y uso residencial habitual. Para las ayudas de edificio se exige además proyecto o memoria técnica y disponer del Libro del Edificio Existente, y si hay amianto debe retirarse de forma segura. La vivienda debe ser el domicilio habitual del solicitante en las líneas de interior.
Dónde y cómo se piden
Las ayudas las reparten las comunidades autónomas mediante convocatorias propias, así que el primer paso es comprobar que la de tu región está abierta y qué plazo tiene. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana mantiene una red de Oficinas de Rehabilitación con un mapa por comunidades donde te informan gratis, y figura de la persona agente rehabilitadora, que acompaña a la comunidad durante todo el proceso. El orden práctico: confirma la convocatoria, define las actuaciones con un técnico, prepara la documentación (proyecto, memoria, certificados), presenta la solicitud y, una vez concedida, ejecuta y justifica la obra. Los plazos generales: 36 meses para obras de edificio y 12 meses para actuaciones dentro de la vivienda.
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Fuentes: Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (BOE) y Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

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